El impuesto a la renta 2019 también fue afectado por la pandemia declarada por la OMS, pues las personas naturales y jurídicas que estan obligados a dar la Declaración Jurada tienes 3 meses de Prorroga según Resolución de Superintendencia N° 054-2020/SUNAT, publicada el 12 de Marzo del 2020.
Las nuevas fechas van desde el 24 de Junio al 9 de Julio del 2020
El nuevo cronograma de pagos esta dado por el último dígito del RUC, según esta tabla.
Último digito del RUC | Fecha de vencimiento |
---|---|
0 | 24 de Junio 2020 |
1 | 25 de Junio 2020 |
2 | 26 de Junio 2020 |
3 | 30 de Junio 2020 |
4 | 1 de Julio 2020 |
5 | 2 de Julio 2020 |
6 | 3 de Julio 2020 |
7 | 6 de Julio 2020 |
8 | 7 de Julio 2020 |
9 | 8 de Julio 2020 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados ainscribirse en el RUC | 9 de Julio 2020 |
Esta medida excepcional, que difiere los plazos de vencimiento por tres meses para los mencionados contribuyentes, busca atender el impacto que podría acarrear en su nivel de los ingresos la pandemia del coronavirus, como lo anunció en la víspera el Presidente de la República, Martín Vizcarra.
“Se considera pertinente prorrogar de manera excepcional el plazo para presentar la declaración jurada anual y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF, ello a fin de que tales sujetos (contribuyentes) puedan contar con los recursos necesarios para afrontar los efectos de tal situación”, señala la resolución en su parte considerativa.
Asimismo, la norma establece que los contribuyentes que superen los 2300 UIT de ingresos en el 2019, mantendrán los plazos de vencimientos aprobados inicialmente, es decir, del 25 de marzo al 8 de abril, de acuerdo al cronograma inicialmente aprobado.
Declaración por Internet
La SUNAT recuerda que la declaración del Impuesto a la Renta se efectúa por Internet, en www.sunat.gob.pe mediante el APP Personas, para quienes tienen devolución. No es necesario acudir a un centro de servicios para presentar la declaración.
Los contribuyentes que tienen un saldo por pagar al fisco pueden solicitar también en línea el fraccionamiento del monto a regularizar, hasta en 72 meses, lo que les permitirá tener liquidez y continuar con sus actividades.
A la fecha, más del 40% de las personas naturales que están obligadas a presentar esa declaración, ya cumplió con esa obligación, antes de los plazos de vencimientos inicialmente aprobados.
Fuente: Andina
Comentarios (1)
ricardo valles
¿Cuándo se puede presentar RENTA 2019 debido al coronavirus?